La íntima convicción del juez ya no existe. Quedó derogada con la entrada en vigencia del Código Procesal Penal, que no es interpretativo sino aplicativo al rigor de las pruebas presentadas al debate.
Al juez también le está vedado pronunciarse sobre lo no pedido por las partes, mientras los fiscales deberían investigar para instrumentar bien la acusación. A vuelo de pájaro, esas evidentes fallas cuestionan el sistema judicial.
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