Sábado, 26 de mayo de 2012 | 2:33 am

El Consejo debe proseguir

Miércoles 21 de Septiembre de 2011 Redacción
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Es un grito nacional, y manifestaciones no han faltado, de que los jueces de la República endurezcan sus decisiones. Incluso, la gente, cansada de tanta criminalidad, pide el endurecimiento de las penas.

Y es que sin una justicia recia no hay posibilidad de que prevalezca el estado de derecho ni la seguridad ciudadana. Por eso irrita cómo tantos ciudadanos en conflicto con la ley, sometidos a la justicia, logran su libertad tan fácilmente.

No se pide que los jueces se salgan de las convenciones previstas. Pero deben actuar con propiedad y calidad. No deben convertirse en un factor más de inseguridad ciudadana, cuando la población percibe que también forman parte de un régimen de complicidad generalizada. Es necesario que prevalezca el imperio de la ley, de la justicia. Y los jueces no pueden ser insensibles a esa demanda.

Claro que cuando emitimos estos juicios no asumimos que todos los jueces son venales.

Se sabe muy bien que el Consejo del Poder Judicial trata de jugar su papel. Quizás requiere que la inteligencia interna siga con más sigilo el comportamiento de los jueces.

También reconocemos que respecto a aquella justicia del pasado, hay cambios significativos. Modernización, más velocidad, mejoría en los niveles de transparencia. Eso es valorado por la ciudadanía, pero es necesario ir más allá. La reforma del poder judicial tiene que profundizar, especialmente en la mejoría del personal, de la calidad humana de quienes administran justicia.

Reconocemos también que deben mejorar las condiciones salariales de los servidores judiciales, pero éstas, no importa lo malas que sean, no deben ser excusas para incumplir las obligaciones contraídas con la sociedad.

El Consejo del Poder Judicial debe proseguir con el mismo temperamento que acaba de actuar. Otros jueces merecen sanciones y penas.

Con ello, el Consejo sólo estaría cumpliendo con el artículo 3 de su ley orgánica. Tiene el deber de determinar el nivel de responsabilidad y de aplicar las sanciones correspondientes a los jueces del Poder Judicial por la comisión de faltas en el ejercicio de sus funciones, así como de los funcionarios y empleados a su servicio.

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