Al revocar su decisión de impedir el acceso de la prensa en la audiencia fijada para mañana a los vinculados al caso del capo José David Figueroa Agosto, la jueza Claribel Nivar Arias ha sido receptiva ante quejas y peticiones formuladas en diferentes ámbitos de la opinión pública.
Si bien merece reconocimiento por reconsiderar su desafortunada medida, pues es de humanos errar, hay que decir que la rectificación no es una gracia ni tampoco una concesión, en vista de que la Constitución garantiza el acceso a las fuentes noticiosas.
En consecuencia, lo que ha hecho la magistrada es atender sensatamente a los señalamientos acerca de la violación que se incurriría si se obstruye la labor de los medios de comunicación en un sonado caso que merece ser conocido con total transparencia.
Además, no hay una satisfacción plena con respecto a las advertencias y pedidos que se le habían formulado, en vista de que la apertura pública a la audiencia será parcial, porque cuatro páginas del expediente acusatorio serán leídas a puerta cerrada.
Esto abre un gran misterio, sobre todo porque no se ha explicado por qué tres o cuatro páginas del expediente tienen que ser leídas en privado. ¿Qué cuestión tan grave, delicada o peligrosa contienen esos textos, que no deben ser de conocimiento público?
Comentarios (1)