El libre acceso a las fuentes institucionales, que garantiza la Constitución de la República, no puede ser obstruido ni sujeto a ningún tipo de limitación porque vulnera el derecho a la información, que es piedra angular en el sistema democrático.
El fundamento de ese precepto constitucional lo acaba de ignorar olímpicamente la magistrada Claribel Nivar Arias al disponer que sea leída en privado, sin acceso de la prensa, el acta de acusación contra Sobeida Félix Morel y otros siete imputados en el expediente de lavado de activos de la red del narco José Figueroa Agosto.
La jueza está en la obligación de reconsiderar su decisión, so pena de incurrir en una grave violación a la Ley Sustantiva y si no lo hace, estamos seguros que la Suprema Corte de Justicia intervendrá una vez más para garantizar el derecho de los ciudadanos a recibir y ofrecer informaciones.
Si el proceso preliminar del caso Figueroa Agosto ha sido hasta ahora oral, público y contradictorio, como corresponde, sobre todo tratándose de uno de los más sonados en la historia del narcotráfico en el país, ¿por qué ahora reducirlo a una audiencia privada? ¿Acaso se trata de ocultar algo que puede estremecer al país?
Si por el contrario no hay nada que ocultar, entonces ¿por qué no seguir con el ejercicio de transparencia y apertura al público y a los medios de comunicación que debe regir en un verdadero estado de derecho?
La rápida y unánime reacción de rechazo que la decisión de la magistrada ha provocado entre periodistas y diferentes directores de medios, subraya la gravedad de la infeliz iniciativa y la necesidad de no permitir una estocada a la libertad de información.
La intolerancia e incomprensión que desde hace algún tiempo se observa en el país frente a la labor de la prensa independiente, amerita una permanente vigilancia para evitar que los enemigos de la libertad se impongan frente a la verdad y la razón.
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