Abusar de un ser humano cualquiera es un acto inadmisible bajo cualquier circunstancia y adquiere el carácter criminal cuando las víctimas son niñas y adolescentes.
A pesar de estos actos de barbarie, los autores no reciben las sanciones ejemplarizadoras a las que debían ser penalizados y, por tanto, la ley en este campo no tiene al parecer suficientemente poder disuasivo.
Habría que establecer, sin embargo, si la falla está en la aplicación, porque el Código de Niños, Niñas y Adolescentes ha sido defendido como un instrumento formidable de protección al menor.
El hecho es que de tiempo en tiempo se conocen casos horrendos de proxenetas que, no conformes ya con arrastrar mujeres a la prostitución más abyecta, empujan por este abismo a menores de edad indefensas.
Como aquí no se puede hablar de males porque de inmediato algunas instancias se sienten ofendidas, es bueno indicar que este comentario de una situación vieja, pero que persiste, viene a cuenta por un caso registrado en Santiago.
Ciento veinte menores de once y dieciséis años de edad fueron rescatadas de dos bares de esa ciudad, donde eran explotadas sexualmente por los propietarios de esos establecimientos.
Las autoridades judiciales y del Ministerio Público deben dar un estricto seguimiento a este y a otros casos similares para evitar que, por dejadez o subterfugios legales, estos despiadados traficantes recobren en poco tiempo la libertad sin pagar a la sociedad por el grave crimen cometido.
Inducir a estas menores a la prostitución y tenerlas en estos bares cuasisecuestradas constituye una acción inhumana pues, además de tronchar su sano desarrollo, las jovencitas tendrán que ser sometidas a profundas terapias para reparar los daños emocionales y sicológicos que han sufrido.
Para ser justos, hay que reconocer que estas incipientes vidas se malogran, en primer término, por la irresponsabilidad de padres de familia que no cumplen con sus indelegables obligaciones de mantener un control sobre los pasos de sus hijos.
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