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Sábado 31 de Julio de 2010 Héctor Tineo
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De los legisladores  y legisladoras que ganaron su curul  en las elecciones congresuales y municipales del 16 de mayo, hay un conjunto que da seguimiento a sus pares que  están a punto de terminar su período constitucional.

Unos y unas estudian la nueva Constitución de la República y han buscado  copias de los documentos normativos del Senado y la Cámara de Diputados. Saben que tienen una ley sustantiva  que ofrece mecanismos  para actuar contra los que incumplan sus obligaciones.

Los que prefieren seguir en otras funciones oficiales tendrán que decidir  qué hacer en el menor tiempo, pues de lo contrario se exponen a ser sancionados hasta con la destitución por inasistencia. Bien, que entre los nuevos exista el ánimo de prepararse para no cometer errores por ignorancia de preceptos.

La Constitución  promulgada  el 26 de enero de 2010, prevé la destitución de los que incumplan  sus obligaciones.

Los  hombres y mujeres que forman el Poder Legislativo  tienen que   rendir cada año un informe de su gestión ante los electores y electoras  que representan.  En efecto, el artículo 88 de la Constitución  establece   que deben asistir a las sesiones de las legislaturas y someterse al régimen de inhabilidades e incompatibilidades en la forma y términos que define y los reglamentos internos del Poder Legislativo.

Quienes incumplan la disposición constitucional perderán su investidura, previo juicio político de acuerdo con las  normas  constitucionales instituidas  y los reglamentos.  Y no podrán optar por una posición en el Congreso Nacional dentro de los diez años siguientes a su destitución.

El  artículo 79 indica que las senadoras y senadores electos por una demarcación residirán en la misma durante el periodo  por el que sean electos.

El artículo 91 establece que  los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados  deberán convocar a sus respectivos plenos la primera semana del mes de agosto de cada año, para rendirle un informe sobre las actividades legislativas, administrativas y financieras realizadas durante el periodo precedente. Los nuevos legisladores y legisladoras están obligados a someterse a la Constitución, pues dispone  la destitución de los que cobren sin trabajar.

Crea expectativas que una parte de los nuevos se interese  por conocer la Constitución y las normas del Senado y la Cámara de Diputados. ¡Muy bien!
Héctor Tineo es periodista y abogado
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