De los legisladores y legisladoras que ganaron su curul en las elecciones congresuales y municipales del 16 de mayo, hay un conjunto que da seguimiento a sus pares que están a punto de terminar su período constitucional.
Unos y unas estudian la nueva Constitución de la República y han buscado copias de los documentos normativos del Senado y la Cámara de Diputados. Saben que tienen una ley sustantiva que ofrece mecanismos para actuar contra los que incumplan sus obligaciones.
Los que prefieren seguir en otras funciones oficiales tendrán que decidir qué hacer en el menor tiempo, pues de lo contrario se exponen a ser sancionados hasta con la destitución por inasistencia. Bien, que entre los nuevos exista el ánimo de prepararse para no cometer errores por ignorancia de preceptos.
La Constitución promulgada el 26 de enero de 2010, prevé la destitución de los que incumplan sus obligaciones.
Los hombres y mujeres que forman el Poder Legislativo tienen que rendir cada año un informe de su gestión ante los electores y electoras que representan. En efecto, el artículo 88 de la Constitución establece que deben asistir a las sesiones de las legislaturas y someterse al régimen de inhabilidades e incompatibilidades en la forma y términos que define y los reglamentos internos del Poder Legislativo.
Quienes incumplan la disposición constitucional perderán su investidura, previo juicio político de acuerdo con las normas constitucionales instituidas y los reglamentos. Y no podrán optar por una posición en el Congreso Nacional dentro de los diez años siguientes a su destitución.
El artículo 79 indica que las senadoras y senadores electos por una demarcación residirán en la misma durante el periodo por el que sean electos.
El artículo 91 establece que los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados deberán convocar a sus respectivos plenos la primera semana del mes de agosto de cada año, para rendirle un informe sobre las actividades legislativas, administrativas y financieras realizadas durante el periodo precedente. Los nuevos legisladores y legisladoras están obligados a someterse a la Constitución, pues dispone la destitución de los que cobren sin trabajar.
Crea expectativas que una parte de los nuevos se interese por conocer la Constitución y las normas del Senado y la Cámara de Diputados. ¡Muy bien!
Héctor Tineo es periodista y abogado
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