La situación que se ha producido desde hace tiempo con distintos ayuntamientos del país, evidencia que sus autoridades entienden que su propósito es exprimir a los munícipes para sacar el dinero que necesitan, por una parte porque no reciben completo el famoso 10% que les acuerda la ley y, por la otra, porque sus ingresos nunca serán suficientes si alrededor del 80% de sus presupuestos los gastan en personal.
Con la aprobación de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, los cabildos consiguieron ampliar sus facultades de cobrar cargas a los residentes en sus circunscripciones, no sólo con los arbitrios, sino con impuestos, tasas y contribuciones especiales.
Esta legislación se votó sin que muchos advirtieran las consecuencias negativas que tenía, y ha encontrado como muro de contención el texto del artículo 85 de la Constitución, que expresamente establece que los arbitrios no pueden colidir con los impuestos nacionales, el comercio municipal o de exportación, la Constitución o las leyes.
Por eso se quería eliminar estas salvaguardas en el proyecto de reforma constitucional, aunque afortunadamente los asambleístas votaron un texto que mantiene la esencia del vigente, conscientes de las nocivas consecuencias de que los arbitrios pretendan tener carácter de tributos nacionales e impliquen doble tributación para los contribuyentes; lo que en un Estado no federado como el nuestro, es improcedente.
Pero no solamente algunos ayuntamientos han empleado su creatividad para intentar generar ingresos extraordinarios pretendiendo establecer impuestos a las ventas, tasas por uso de espacios municipales que coliden con impuestos nacionales y hasta la más reciente creación que aspira gravar la publicidad exhibida en vehículos; sino que continuamente distintas entidades públicas intentan imponer nuevas tasas o aumentar arbitraria e ilegalmente las existentes, sin que haya la menor preocupación por las consecuencias que esto tiene para la competitividad del país.
Es el caso que ha ocurrido recientemente con la Autoridad Portuaria Dominicana cuya dirección decidió unilateralmente fijar una tasa por el uso de servidumbres dentro de la franja marítima de 60 metros de dominio público, sin cumplir con el procedimiento legal de que el consejo directivo de dicha entidad aprobara recomendar al Poder Ejecutivo la fijación de dicha tasa y que éste último la dictara mediante decreto.
Peor aún, se ha intentado cobrar dicha tasa de manera retroactiva y en base a un cálculo desconocido sobre metros ocupados.
En medio de una grave crisis económica mundial cuyos efectos han reducido nuestras exportaciones, recaudaciones y ventas, con un nivel de desempleo de 18.5% el más alto de la región Centroamericana, es un absurdo que separada y desafinadamente cada entidad entienda que puede imponer una nueva carga a los sectores productivos.
Hace falta más coherencia, armonía y unicidad de nuestras autoridades en el establecimiento de políticas públicas.
De nada vale lo que algunas instituciones realizan por hacer avanzar al país en competitividad y clima de inversiones, si estos esfuerzos son demolidos por acciones como estas. Acosando a quienes pueden producir riquezas y generar empleos nada logramos.
Marisol Vicens Bello es abogada
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Marisol Vicens Bello Abogada. Egresada de la Universidad Iberoamericana. Université Paris II Panthéon-Assas. Presidenta de la Confederación Patronal de la República Dominicana. |
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