El fenómeno de la moda también influye en el debate público e incide en el voto de reformas legislativas. Por eso, muchas veces imbuidos por una tendencia internacional adoptamos leyes, sin tomar en cuenta nuestra cultura y realidades ni las consecuencias negativas que podrían derivarse.
En estos momentos en que se discute el modelo y visión de país que representará una modificación integral de nuestra Constitución, la apasionada defensa por parte de expertos constitucionalistas, algunos de ellos co-redactores del anteproyecto de reforma, hace lucir que el único tema trascendental es la creación o no de un tribunal constitucional independiente de la Suprema Corte de Justicia, el cual es presentado como una panacea que garantizará o no el cumplimiento de la Carta Magna, queriendo adoptar la tendencia llevada a cabo por otros países en las décadas de los 70 y 80.
Aunque resulte paradójico, por una parte voces claman por eliminar la constitucionalización del proceso penal que hemos experimentado desde la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, pero por la otra queremos adoptar un modelo de tribunal constitucional independiente de la Suprema Corte de Justicia, que podría, como ha sido el caso en muchos países, convertirse en un instrumento para cuestionar sentencias definitivas so pretexto de violación a derechos fundamentales.
Si se ha cuestionado que el Código Procesal Penal contenga disposiciones que garantizan derechos fundamentales consagrados en la actual Constitución o en convenios internacionales ratificados, críticas que no se justifican; resulta contradictorio que se entienda indispensable la creación de un tribunal independiente de garantías constitucionales, las mismas que estamos regateando en el Código.
Muchos desde hace años propugnan por la creación de un tribunal de garantías constitucionales. Sin embargo, antes de querer insertar este modelo deberíamos reflexionar sobre si verdaderamente lo necesitamos para defender los derechos fundamentales o si ya tenemos un sistema que lo está haciendo bajo el mismo modelo de la Constitución norteamericana, uno de los más exitosos del mundo.
Pensemos si no sería más perjudicial alterar nuestro ordenamiento, ya que en nuestro país tenemos una tendencia extrema a que nadie se reconozca culpable y dificultad de aceptar cuando no se tiene la razón, por lo que el recurso de inconstitucionalidad ante un tribunal constitucional independiente podría convertirse en una vía para revertir sentencias definitivas dictadas por la Suprema Corte de Justicia, ya que con una Constitución que será tan amplia en su catálogo de derechos siempre habrá un resquicio para recurrir.
De las pocas reformas que hemos realizado en los últimos años, la que ha rendido verdaderos frutos es la del Poder Judicial, y se pretende ahora ponerla en peligro por un canto de sirena constitucionalista, que se puede convertir en algo muy negativo y que no es verdad que sin esto, la Constitución no tendría un instrumento de defensa.
La sanción a la inconstitucionalidad no depende de que haya un tribunal especial sino de la independencia del sistema judicial, precisamente lo que se socavaría con esta reforma. Dios quiera que yendo tras lana no salgamos trasquilados.
Marisol Vicens Bello es abogada
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