El tema judicial se ha convertido en la manzana de la discordia de los actores políticos en el seno de la Asamblea Revisora, dejándose ver que cada quien quiere mantener o, incluso aumentar, su cuota de poder en la selección de los jueces de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
Aunque por una parte parece disiparse el temor que algunos teníamos por la creación de un tribunal constitucional independiente que crearía situaciones de conflicto con la SCJ, puesto que sus decisiones no estarían sujetas al control del pleno de ésta, hay aspectos del Informe rendido por la Comisión de Justicia de la Asamblea Revisora que, de aprobarse, significarían un grave retroceso y arrebatarían a la ciudadanía importantes derechos.
Dicho Informe establece inaceptables limitaciones al ejercicio del recurso de inconstitucionalidad por vía directa, estableciendo que el mismo sólo podría interponerse en contra de leyes emanadas del Congreso, lo que excluiría hacerlo contra actos administrativos como decretos, lo que no sólo carece de lógica sino que constituye un desconocimiento del principio consagrado por la SCJ en el 1998, vulnerado en la criticada sentencia del caso Sunland.
También restringe la noción de parte interesada con derecho a elevar el recurso de inconstitucionalidad, que nuestra SCJ había interpretado de forma laxa para permitir que cualquier ciudadano pudiera hacerlo, al presidente de la República, 1/3 de los miembros de la Cámara de Diputados o el Senado, o cualquiera que considere “vulnerados sus derechos constitucionales fundamentales, con un interés legítimo, jurídicamente protegido, positivo y concreto, nacido y actual”, lo que sería un injustificado retroceso, puesto que todo ciudadano tiene un interés legítimo en que se respete la Constitución aunque no sufra un daño directo.
Si a esto se agrega que se quiere incluir como miembro del Consejo Nacional de la Magistratura al Procurador General de la República, lo que aumentaría el poder sobre éste del presidente de la República, y que dicho Consejo tendría atribuciones de evaluar y juzgar disciplinariamente a los jueces de la SCJ, se comprende mejor la inquietud, puesto que un órgano controlado por los partidos tendrá mayor influencia sobre el Poder Judicial.
También se nos pretende arrebatar la gran conquista que ha significado la reciente separación de la función jurisdiccional de la Cámara de Cuentas, para que un tribunal independiente el Contencioso Tributario y Administrativo, juzgara los reclamos de los administrados frente a la Administración, lo que permitió, por vez primera, la obtención de sentencias en contra de la misma; extrayendo dicho tribunal del orden judicial ordinario y excluyendo de las atribuciones de la SCJ no sólo la designación de sus jueces sino también la de los de la jurisdicción inmobiliaria y de menores.
Estas modificaciones debilitarían el Poder Judicial sometiéndolo al control del poder político, mermando la carrera judicial y arrebatando a la ciudadanía conquistas derivadas de la Constitución de 1994.
No podemos permitir que el apetito desmedido de los políticos cercene estos derechos ciudadanos y socave la necesaria independencia de la otrora cenicienta de los poderes. Eso sería una grave contrarreforma.
Marisol Vicens Bello es abogada
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Marisol Vicens Bello Abogada. Egresada de la Universidad Iberoamericana. Université Paris II Panthéon-Assas. Presidenta de la Confederación Patronal de la República Dominicana. |
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