Luego de varios intentos de una parte de los legisladores dominicanos de irrespetar el texto constitucional en materia de justicia, como los aprestos de los senadores de desconocer la parte de la Constitución que faculta al Tribunal Constitucional a revisar sentencias, se produce un nuevo impasse basado en los deseos de legisladores vinculados al Gobierno de vulnerar la Carta Magna y acomodar una Ley Orgánica a las conveniencias del presidente Fernández.
Se trata de la manera tan burda en que son capaces de afirmar que el requisito del retiro obligatorio a los 75 años no es aplicable a los jueves del Constitucional y que por ende puede ser nombrado alguno que ya tenga o pase de esa edad.
El tema en cuestión es claro, preciso y no se presta a posibles interpretaciones como las forzadas que pretenden hacer los mal llamados “honorables”. Esto así, porque la Constitución establece como edad de retiro para los jueces de la Suprema Corte de Justicia los 75 años de acuerdo al artículo 151, es decir, que para ser juez de dicho tribunal hay que tener menos de ahí porque claramente con más de 75 no los considera aptos. Y la Constitución también afirma que para ser juez del Tribunal Constitucional se requieren las mismas condiciones que para ser juez de la Suprema.
Lo anterior obviamente significa que una persona de 75 años o más no puede ser designada como juez del Tribunal Constitucional, no sólo porque vulneraría el texto de la Constitución sino porque constituiría un irritante privilegio en el que se permitiría a sólo una parte ínfima del tren judicial ocupar funciones con setenta u ochenta y tantos años.
Esto también desnaturalizaría las razones por las cuales se decidió que la edad de retiro es 75 y no otra, puesto que, los abogados constitucionalistas que lo propusieron, previo estudios y análisis comparado del Derecho, concluyeron que se trata de la máxima edad óptima para desempeñar esa clase de labores.
A pesar de que esto resulta lógico y de fácil comprensión para cualquiera, los legisladores oficialistas y algunos cómplices quieren dañar la ley orgánica para que esta condición no aplique y defienden sus aprestos inconstitucionales con tantos bríos que permiten llegar a la conclusión de que algo de verdad hay en las recientes denuncias de algunos abogados de que quieren imponer en el Tribunal a personas afines al Presidente que llevan ciertas sentencias precocidas, pero que ya cumplieron los 75 años.
La mayoría del país se opone a esto y todo apunta a que el PRD no lo dejará pasar, pero de seguro es un buen indicativo de la clase de legisladores que tenemos.
Leila Mejía es abogada y comunicadora
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