El 29 de diciembre del año 2005 fue asesinado a tiros José Manuel Herrand Mancebo, mayor de la Fuerza Aérea Dominicana, en la Autopista de San Isidro.
A raíz del hecho, se produjeron investigaciones y testimonios que dieron lugar al apresamiento y sometimiento de varias personas, entre ellas el coronel Pablo Velázquez, acusado de ser autor intelectual del hecho, lo que en nuestra legislación penal constituye complicidad puesto que la figura del autor intelectual no existe para los fines de la ley dominicana.
Uno de los testimonios más importantes fue el de un ex mayor de la Policía Nacional, quien explicó los detalles de por qué fue Pablo Velázquez, según él, el autor intelectual del asesinato.
El testigo posteriormente alegó haber sido presionado por los fiscales actuantes en el caso para mentir respecto a los hechos.
Paradójicamente, las personasque él identificó como autores materiales del crimen, Elmi Reyes y Guillermo Germán, fueron confirmadas irrefutablemente como tales.
El 15 de agosto del año 2007 un Tribunal de Primera Instancia, entendiendo que había indicios suficientes, condenó a Pablo Velázquez a 20 años de prisión. Luego, la Cámara Penal de una Corte de Apelación anuló la sentencia y ordenó apertura a un nuevo juicio, esta vez en el Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.
Dicho tribunal, el 31 de julio del año 2008, luego de ponderar los hechos, dispuso para Pablo Velázquez una condena similar a la anterior de 20 años de prisión.
En dichas sentencias fueron apreciados varios elementos importantes, tales como declaraciones de testigos que presuntamente vieron a Velázquez en el lugar de los hechos a la hora de estos, la relación amorosa entre la esposa del imputado con el occiso (indicativo esto de un móvil), entre otras cosas como la ausencia de Velázquez en el funeral de quien fuera su compañero de institución.
La Suprema Corte de Justicia, actuando como Corte de Casación, casa la sentencia y la envía para otro juicio a la Corte de San Cristóbal. Las razones fueron puramente procesales y relativas a la presentación de las pruebas, mas no a su validez.
Finalmente, en el más reciente capítulo de esta novela, la Corte de San Cristóbal, basándose en el criterio de la Suprema, dicta hace dos días una sentencia ordenando la libertad de Pablo Velázquez y descargándolo de toda responsabilidad penal.
De nuevo, las razones son de forma y no de fondo, algo muy parecido al famoso caso de O.J. Simpson en los Estados Unidos.
Saque usted sus propias conclusiones.
Leila Mejía es abogada y comunicadora
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Continuemos, que la democracia es participar.
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