Miércoles, 23 de mayo de 2012 | 3:56 pm

Separación de poderes

Viernes 14 de Mayo de 2010 Félix M. Tena De Sosa
Imprimir PDF
(14 votos)
AddThis Social Bookmark Button
Diferenciar las manifestaciones del poder estatal ha sido una preocupación de la teoría política desde la antigüedad. Es así que Aristóteles llegó a vislumbrar una división tripartita del poder: la deliberación, el mando y la justicia.

La clasificación aristotélica correspondía a la organización vigente en la democracia ateniense, la cual comprendía la Asamblea General o Consejo encargado de deliberar sobre los asuntos más importantes; los magistrados, investidos de la potestad de mandar y de obligar; y los tribunales que ejercían la facultad de juzgar.

La finalidad de Aristóteles era discernir las diversas formas de la actividad de los órganos sin establecer una verdadera separación de poderes fundado en la distinción de los objetos que corresponden a cada uno de ellos.

Nada impedía que una misma persona formara parte simultáneamente de la asamblea deliberante, ejerciera una magistratura y se sentara en un tribunal. La teoría aristotélica, sin embargo, constituye un primer aporte a la teoría de la separación de los poderes.

La expresa teorización del principio de separación de poderes es el aporte más importante de la obra de Montesquieu en Francia, aunque sus antecedentes pueden remontarse a Locke, Maquiavelo y Aristóteles. Montesquieu sostuvo que “todo estaría perdido si el mismo hombre o el mismo cuerpo de personas ejerciera los tres poderes: el de hacer las leyes, el de ejecutar las resoluciones públicas y el de juzgar. Siempre que los príncipes han querido hacerse déspotas, han empezado por reunir todas las magistraturas en su persona”.

Es que el poder tiende a su autoconservación e incremento y consecuentemente al abuso.  “A fin de que no se pueda abusar del poder es necesario conseguir, mediante la disposición de las cosas, que el poder frene al poder”.

La separación de poderes no impide que existan zonas de contacto entre los poderes públicos para ejercer el gobierno del Estado.

Ningún poder puede, con prescindencia de los otros, garantizar los fines para los que existe el Estado constitucional, sino que se requieren mecanismos de colaboración que, sin embargo, no deben llevar a confusión ni subrogación funcional de un poder en otro (sobre todo en un sistema presidencial).

Correspondió a James Madison en Estados Unidos develar del principio de separación de poderes el mecanismo de “checks and balances” (frenos y contrapesos). Madison comprendió que la sola determinación en un pergamino de los límites constitucionales de los diferentes órganos del Estado no es suficiente salvaguardia contra las usurpaciones y los abusos del poder. “Si los hombres fueran ángeles, el gobierno no sería necesario. Si los ángeles gobernaran a los hombres, saldrían sobrando lo mismo las contralorías externas que las internas del gobierno.

Al organizar un gobierno que ha de ser administrado por hombres y para los hombres, la gran dificultad estriba en esto: primeramente hay que capacitar al gobierno para mandar sobre los gobernados; y luego obligarlo a que se regule a sí mismo”. Estas ideas han permitido al constitucionalismo reforzar los mecanismos de control de los poderes públicos mediante una ingeniería institucional que condiciona la actuación de los poderes públicos y privados para garantizar los derechos fundamentales de la ciudadanía.
Félix M. Tena De Sosa  es investigador asociado de la Finjus

Comentarios (0)

Escribir Comentario
Blogs.ElCaribe.com.do se reserva el derecho de no publicar comentarios que contengan palabras no apropiadas y/o frases denigrantes por razones de raza, sexo, religion entre otras.
Nombre

Comentario

(Número máximo de caracteres permitidos: 500)
Le restan caracteres.
Enviar comentario
 

ULTIMAS COMENTADAS

Buscar solución | teo dominguez ha comentado: "la solucion es votar por hipol..."
Margarita Cedeño | teo dominguez ha comentado: "dejalos tranquilos, que el sum..."
Claraboyas | juan carlos lorenzo ha comentado: "Me encanto esta sección todas..."
Muerte de las Mirabal motivó el fin del terror | SILVIA GABRIELA MIRABAL ha comentado: "EL SABER DEL VIL ASESINATO D..."
De bienales e instalaciones | el mismo del otro dia ha comentado: "estoy completamente de acuerdo..."
¿Cuál revolución democrática? | teo dominguez ha comentado: "te sacaste la lotto, pues en m..."
Inseguridad | Angel Romero ha comentado: "Extendiendo el tema de la inse..."
Un código de bárbaros | Oliver Brito ha comentado: "Los siete años de vigencia de..."
Carta a Sonia Pierre | Viterbo De Los Santos ha comentado: "Excelente!..."
Un código de bárbaros | Mario Pérez ha comentado: "Es importante y urgente que de..."
inicio/Articulistas/Felix_M._Tena_de_Sosa/Separación_de_poderes