Lunes, 21 de mayo de 2012 | 7:09 am

Sí al Tribunal Constitucional

Viernes 31 de Julio de 2009 Félix M. Tena De Sosa
Imprimir PDF
(0 votos)
AddThis Social Bookmark Button

La especialización y fortalecimiento de la justicia constitucional es el último —y el más importante— asunto que se debate en la actual reforma constitucional.

Más allá de la voluntad política, la efectividad y operatividad de la mayoría de los cambios que se están introduciendo en la Constitución dependen, en gran medida, de la configuración del órgano de defensa de la constitucionalidad.

Si observamos el advenimiento de la democracia en América Latina y en Europa del Este, encontramos que los tribunales, corte o salas constitucionales han sido los guardianes y catalizadores de las reformas institucionales del Estado y sociedad en general.

¿De qué sirve ampliar el catálogo de los derechos fundamentales, establecer formalmente la cláusula del Estado Social, reconocer la dignidad humana como fundamento del Estado, repotenciar el principio de supremacía constitucional o abrir el derecho interno al derecho internacional de los derechos humanos, sin una jurisdicción constitucional dotada de la fortaleza y la especialización necesarias para asegurar y motorizar el sistema de valores y principios subyacentes a estas disposiciones supremas del ordenamiento? ¿Puede resguardar y eficientizar ese sistema de valores y principios una Suprema Corte de Justicia cuyas decisiones constitucionales enarbolan la discrecionalidad del poder ejecutivo debilitando el sistema de frenos y contrapesos, cuestionan el derecho de los ciudadanos de acudir a la ejecución forzosa contra un Estado que se niega a ejecutar las sentencias rendidas en su contra, inhabilitan el ejercicio del derecho ciudadano a denunciar la inconstitucionalidad de las leyes y actos de poder o ignoran los precedentes internacionales que critican prácticas administrativas discriminatorias?

Para asumir en serio el sistema de valores y principios en que descansa la reforma constitucional, necesitamos una jurisdicción constitucional especializada que pueda redimensionar la cultura de lo constitucional a través del fortalecimiento de los mecanismos de garantía de los derechos fundamentales, arbitrar justicia en los asuntos políticos espinosos o en aquellos que afecten la sensibilidad de la opinión pública, garantizar proactivamente los derechos sociales presionando al legislativo y al ejecutivo a desarrollar las políticas públicas que demanda la Constitución, defender a los derechos de las minorías frente al poder de las mayorías aunque sean democráticas, absorber el derecho comparado e internacional mediante interpretaciones evolutivas, favorecer el diálogo social abierto mediante una jurisprudencia sustancial que tenga en su centro al ser humano y no el temor de contrariar los deseos del poder.

Lo importante es que las decisiones constitucionales estén sustentadas en interpretaciones y argumentaciones jurídicas que puedan resistir la crítica jurídica y política de la comunidad de intérpretes.

Esa jurisdicción constitucional tendrá que chocar con el Congreso Nacional, con el Presidente de la República, con la Suprema Corte de Justicia y con todos los poderes fácticos. Sin conflictos institucionalmente canalizados, el sistema de frenos y controles es una quimera.

La comparación constitucional enseña que los conflictos entre los tribunales constitucionales y las supremas cortes, terminan por diluirse en la irradiación de los precedentes constitucionales en la justicia ordinaria, lo que en definitiva redunda en beneficio del activo más importante que tiene el sistema de justicia, que no son sus operadores, sino los usuarios.
Félix M. Tena De Sosa  es investigador asociado de la Finjus

Comentarios (1)

José Luis
Pero cuál es el miedo a que el Tribunal Constitucional fizcalice el apego a la Constitución de la Suprema Corte de Justicia como si lo podrá hacer con el Senado, la Cámara de Diputados, el Presidente de la República y todo el que ejerza un poder en la República Dominicana y pueda actuar al margen de la Constitución. ¿Será que temen que le saquen al sol sus abusos y falta de conocimiento en materia constitucional? No olvidamos aún lo que hicieron en el caso de la Sund Land...
Name *
Enviar comentario
Cancelar
Escribir Comentario
Blogs.ElCaribe.com.do se reserva el derecho de no publicar comentarios que contengan palabras no apropiadas y/o frases denigrantes por razones de raza, sexo, religion entre otras.
Nombre

Comentario

(Número máximo de caracteres permitidos: 500)
Le restan caracteres.
Enviar comentario
 

ARCHIVO | ARTICULISTA INVITADO

► 2011 (112) ► 2010 (237) 2009 (247)

ULTIMAS COMENTADAS

Buscar solución | teo dominguez ha comentado: "la solucion es votar por hipol..."
Margarita Cedeño | teo dominguez ha comentado: "dejalos tranquilos, que el sum..."
Claraboyas | juan carlos lorenzo ha comentado: "Me encanto esta sección todas..."
Muerte de las Mirabal motivó el fin del terror | SILVIA GABRIELA MIRABAL ha comentado: "EL SABER DEL VIL ASESINATO D..."
De bienales e instalaciones | el mismo del otro dia ha comentado: "estoy completamente de acuerdo..."
¿Cuál revolución democrática? | teo dominguez ha comentado: "te sacaste la lotto, pues en m..."
Inseguridad | Angel Romero ha comentado: "Extendiendo el tema de la inse..."
Un código de bárbaros | Oliver Brito ha comentado: "Los siete años de vigencia de..."
Carta a Sonia Pierre | Viterbo De Los Santos ha comentado: "Excelente!..."
Un código de bárbaros | Mario Pérez ha comentado: "Es importante y urgente que de..."
inicio/Articulistas/Articulista_invitado/Sí_al_Tribunal_Constitucional