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Non bis in idem

Miércoles 12 de Enero de 2011 Fernando Casanova y Llaca
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Los romanos tuvieron un imperio que aún perdura, pero no perdura por la fuerza de sus armas, sino por la fuerza de su sapiencia jurídica.

El gran arsenal, el de grueso calibre, que utilizamos los abogados viene directamente de Roma, de la Roma que dejó un legado que permanece y permanecerá mientras exista idea de justicia y derecho.

De Roma nos viene el principio de Non bis in idem, que traducido al cristiano viene a decir que nadie podrá ser juzgado dos veces por el mismo hecho. Este principio tiene tanta fuerza y es tan justo que está hoy consagrado en la Constitución de la República Dominicana, es decir, que tiene carácter sustantivo y prevalece sobre cualquier ley.

El objeto de este principio no es propiciar la impunidad, sino dar seguridad a toda persona de que luego de ser juzgada, y su caso decidido, no se expondrá nunca más por esos hechos a un nuevo proceso penal.

Esto es, que las personas que se vinculen a un hecho punible no pueden ser perseguidas y juzgadas una y otra vez por el mismo hecho hasta que aparezca un tribunal que las condene.

Si esto fuese así, los ciudadanos se convertirían en un rehén del Ministerio Público, lo que vulneraría la  seguridad jurídica, los derechos y libertades fundamentales.

Como aquí se le hace más caso a un Códogo que a la Constitución, el nuevo Código Procesal Penal recoge esta disposición constitucional en su artículo 9:  “Nadie puede ser perseguido, juzgado ni condenado dos veces por un mismo hecho”, y no sólo se refiere al “juzgamiento”, que es un momento del proceso penal, sino también a la persecución y a la condena.

Las presiones que intereses económicos, políticos, de algunos medios y de algunos voceros de políticos, tergiversaron tanto en el caso de los  banqueros que hicieron de principios casi “sagrados”, como el non bis in idem, un estorbo menor que se pasaron por alto impunemente, por lo menos en un caso en que hasta la acusación civil fue retirada, consiguiendo en su cacería quitar del medio a quienes consideraban competencia.

El principio non bis in idem más que un principio de justicia es un garante de la seguridad jurídica, un garante contra el caos, y contra las arbitrariedades que puedan ejercer las autoridades de turno en el poder.

Violentar ese principio trae consecuencias lastimosas para la sociedad entera, sobre todo en momentos electorales en los que los temores a perder el poder acarrean persecuciones y chantajes inaceptables.

Violentar la Constitución y las Leyes es un boomerang, siempre se volverá contra el abusador.
Fernando Casanova y Llaca es abogado
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