Lunes, 21 de mayo de 2012 | 6:00 am

El referéndum

Viernes 10 de Septiembre de 2010 Rodolfo Mesa Chávez.
Imprimir PDF
(0 votos)
AddThis Social Bookmark Button
La doctrina más avanzada define el referéndum como  el procedimiento mediante el cual el cuerpo electoral, recurriendo al sufragio de sus integrantes se pronuncia por la afirmativa o por la negativa de un asunto público, generalmente de carácter normativo adoptado por los órganos representativos.

La Constitución dominicana, proclamada el 26 de enero del 2010,  establece dos tipos de referéndum: aprobatorio y consultivo.

A través del referéndum aprobatorio, consignado en el artículo 272 de la Carta Magna, se solicita al cuerpo electoral  que ratifique la modificación de la Constitución sobre aspectos muy específicos, tales como: derechos y deberes  fundamentales, el ordenamiento territorial y municipal, el régimen de nacionalidad, ciudadanía y extranjería, el régimen de moneda y los procedimientos de reforma constitucional.

En esencia este referéndum constituye un requisito para la aprobación de la modificación, convirtiéndose así en parte fundamental del proceso de reforma constitucional.

Nuestra Constitución permite que mediante referéndum consultivo, consignado en el artículo 210, se consulte a la población para la aprobación o rechazo de cualquier texto legal, permitiendo que los ciudadanos tengan una participación activa en el proceso de toma de decisión de los asuntos nacionales.

Este tipo de referéndum será regulado por una ley, la cual determinará su ámbito de aplicación.

Una de las mayores críticas que se hace al referéndum consultivo es que usualmente tiene resultados conservadores y en muchos casos ha servido para mantener el status quo.

Esto queda agravado en países de débiles instituciones, donde las expresiones democráticas se ven afectadas por la manipulación del voto público.

El discurrir de los acontecimientos políticos futuros determinará cuáles serán los temas que serán sometidos a consulta popular.

El presidente Leonel Fernández ofrece una pista al respecto. En declaraciones a los medios de prensa ha señalado que la continuidad de un mandatario al frente de una nación es un tema de soberanía nacional, porque en última instancia la palabra la tiene el pueblo.

Ante una Constitución como la nuestra que prohíbe expresamente la reelección presidencial, las declaraciones del presidente hacen pensar que el tema no está cerrado.
Rodolfo Mesa Chávez.
Esta dirección electrónica esta protegida contra spambots. Es necesario activar Javascript para visualizarla

Comentarios (0)

Escribir Comentario
Blogs.ElCaribe.com.do se reserva el derecho de no publicar comentarios que contengan palabras no apropiadas y/o frases denigrantes por razones de raza, sexo, religion entre otras.
Nombre

Comentario

(Número máximo de caracteres permitidos: 500)
Le restan caracteres.
Enviar comentario
 

ARCHIVO | ARTICULISTA INVITADO

► 2011 (112) 2010 (237) ► 2009 (247)

ULTIMAS COMENTADAS

Buscar solución | teo dominguez ha comentado: "la solucion es votar por hipol..."
Margarita Cedeño | teo dominguez ha comentado: "dejalos tranquilos, que el sum..."
Claraboyas | juan carlos lorenzo ha comentado: "Me encanto esta sección todas..."
Muerte de las Mirabal motivó el fin del terror | SILVIA GABRIELA MIRABAL ha comentado: "EL SABER DEL VIL ASESINATO D..."
De bienales e instalaciones | el mismo del otro dia ha comentado: "estoy completamente de acuerdo..."
¿Cuál revolución democrática? | teo dominguez ha comentado: "te sacaste la lotto, pues en m..."
Inseguridad | Angel Romero ha comentado: "Extendiendo el tema de la inse..."
Un código de bárbaros | Oliver Brito ha comentado: "Los siete años de vigencia de..."
Carta a Sonia Pierre | Viterbo De Los Santos ha comentado: "Excelente!..."
Un código de bárbaros | Mario Pérez ha comentado: "Es importante y urgente que de..."
inicio/Articulistas/Articulista_invitado/El_referéndum