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Sobre un caso sui generis

Viernes 11 de Diciembre de 2009 Roberto Álvarez
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Después de los diversos golpes e intentos de quebrantamiento del orden constitucional ocurridos en las Américas durante la década de los ‘90 y principios de la de 2000 (Haití, 91; Perú, ‘92; Guatemala, ‘93; Ecuador, 2000; Venezuela, 2002), cristalizó en Latinoamérica de manera contundente un repudio al golpe de Estado en Honduras el pasado 28 de junio.

Sin duda, el golpe a Manuel Zelaya ha sido novedoso, como así lo reconociera Marisol Vicens Bello en su artículo titulado “Caso sui generis” (El Caribe, 3/12/09).

La aparente “legalidad” que ha revestido cierto aspecto del proceso es precisamente donde reside la peligrosidad de éste. Por eso he considerado importante efectuar aclaraciones a los enfoques de la doctora Vicens.

En primer lugar, Zelaya fue sacado por militares de su residencia con violencia en la madrugada del 28 de junio y expatriado a Costa Rica en pijama, en flagrante violación del artículo 102 de la Constitución, que dice: “Ningún hondureño podrá ser expatriado ni entregado por las autoridades a un estado extranjero”.

En segundo lugar, se violó el principio elemental al debido proceso, ya que a Zelaya no se le permitió presentarse ante un tribunal competente para que pudiera defenderse con las garantías judiciales mínimas.

En tercer lugar, el Congreso hondureño carece de competencia para decretar, como lo hizo, la remoción de Zelaya, ya que ningún artículo de la Constitución le otorga esa facultad. Sí tiene el poder para “declarar sí ha lugar o no a formación de causa contra el Presidente…” (Art. 205), y luego apoderar a la Suprema Corte de Justicia de la acusación (art. 319).

En cuarto lugar, además de violar los términos constitucionales de su competencia, el Congreso vició el proceso al “aceptar” una supuesta carta de renuncia de Zelaya, que éste inmediatamente denunció como falsa.

Colocando a un lado el juicio que se tenga sobre la conducta de Zelaya previa al 28 de junio, el golpe de Estado fue una flagrante violación del orden constitucional, y por tanto no puede haber una “sucesión” presidencial legítima, ya que todo el proceso tiene como asidero el origen espurio de una ilegalidad.

Una alianza entre autoridades civiles y militares violentó el orden constitucional y usurpó la voluntad soberana ejercida por el pueblo hondureño en las urnas.

Las elecciones fueron celebradas “tranquilamente” si se hace caso omiso a que una buena parte de la campana electoral se llevó a cabo bajo un estado de emergencia y a que, de acuerdo con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ésta comprobó durante su visita “un patrón de uso desproporcionado de la fuerza pública, detenciones arbitrarias, y control de la información dirigido a limitar la participación política de un sector de la ciudadanía” (Comunicado 60-09).

Para salir del impasse actual se requiere que el presidente electo forme un verdadero gobierno de unidad nacional y cumpla con los términos del Acuerdo Tegucigalpa-San José, estableciendo una Comisión de la Verdad y acatando sus recomendaciones.

Se precisa una catarsis nacional hondureña para restablecer la confianza internacional sobre la calidad del proceso democrático y lograr el pleno reconocimiento del nuevo gobierno y su reinserción en el concierto de naciones.
Roberto Álvarez  es abogado, ex embajador de RD ante la OEA

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